¿Discrimación a sabiendas de personas con minusvalía grave?
Ez dago galderaren erantzun gehiago
Iñaki Anasagasti

Una explicación pormenorizada


Existen dos tarjetas de estacionamiento para Personas con Movilidad Reducida (PMR):

* TARJETA EUROPEA PARA PMR: Se trata de una tarjeta con validez en todos los países de la UE. Es una tarjeta de color azul y que autoriza a su portador a estacionar en cualquier reserva para discapacitados señalizada en vía pública. Esta tarjeta debe viajar con la persona discapacitada, igual que el DNI, ya que no se identifica ningún vehículo en la misma permitiendo así que cualquier persona pueda transportar a una persona con discapacidad. Su concesión depende de un informe de movilidad vinculante expedido por la unidad de valoración de la Diputación Foral de Bizkaia.

* DISTINTIVO M DE ESTACIONAMIENTO OTA: Se concede a aquellas personas con discapacidad, titulares de la tarjeta europea y que son capaces de conducir su propio coche al estar éste adaptado. Se concede por tanto al vehículo propiedad de esa persona y permite estacionar en cualquier zona OTA de forma gratuita y con el mismo régimen que un residente. Cualquier ciudadano de cualquier municipio que cumpla los requisitos puede solicitar dicha tarjeta.

La razón principal por la que se creó este distintivo fue que las máquinas de tickets de la OTA no eran accesibles. Eximiendo del pago a las únicas personas con discapacidad que viajan solas, garantizábamos la autonomía de estas personas. El resto, dado que viajan acompañadas, no tienen problemas para obtener y pagar el correspondiente ticket.

Resumiendo. Una tarjeta va con la persona y la otra con el coche. La primera permite aparcar en sitios reservados y la segunda no garantiza un espacio, sólo exime del pago, por lo que no limita la movilidad.

Al parecer y segun me dicen, afortunadamente usted no tiene ningún problema de movilidad. Es su mujer quien tiene un alto grado de discapacidad. Y que yo respeto

Pero usted no ha aceptado los argumentos del área y ha pedido amparo al Ararteko. Este no ha entrado en el fondo objetivo de la cuestión y se ha posicionado por una cuestión subjetiva.

Si accediéramos a lo solicitado, el marido estaría exento de pago en todo momento (viaje con su mujer o no) ya que las matrículas de estos vehículos se incorporan al sistema. Nos genera además problemas de control del fraude y genera problemas para acotar quién o quiénes pueden tener en este caso derecho a la tarjeta M (los cónyuges, los padres, los hijos, parientes directos, amigos, ....) dado que cualquier persona puede transportar a una persona con tarjeta europea de discapacidad.

La sentencia que se ha empleado lo que indica es que la administración tiene autonomía y potestad para AMPLIAR derechos a los colectivos que estimemos (como han hecho con el distintivo M). La normativa general sólo obliga a reconocer los derechos de la tarjeta azul europea.


  Partekatu
Iñaki Anasagasti
 Galdera ¿Discrimación a sabiendas de personas con minusvalía grave?
Sortzailea
Jon Mikel Granell Jon Mikel Granell
54 de 50 Apoyos
2014.12.12

Batu zaitez Osoigora

Politikaria bazara eta parte hartzeko interesa baduzu, Jarri harremanetan

Jarri gurekin harremanetan