¿Aboga por el fin de "la excepcionalidad" en el Derecho Penal tras el fin de ETA?
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Odón Elorza

Estoy en parte de acuerdo.


Hola!

De entrada necesitaría conocer el artículo que citas para responder con más precisión. 

A la primera pregunta habría que distinguir entre las conductas que pueden merecer sanción penal de aquellas otras que debieran entenderse como expresión lícita de una opinión o difusión de una noticia. Campo resbaladizo para el Estado de Derecho.

En lo que se refiere a las otras dos cuestiones, estoy de acuerdo con sendas peticiones desde hace tiempo. Sobre el acercamiento de presos a cárceles de su entorno familiar, he respondido con amplitud en Osoigo a esa pregunta y la puedes consultar. 

 


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Odón Elorza
 Galdera ¿Aboga por el fin de "la excepcionalidad" en el Derecho Penal tras el fin de ETA?
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2014.10.20

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