¿Declarar exentas en IRPF las supuestas ganancias patrimoniales derivadas de la venta de una vivienda habitual hipotecada?
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Óscar Urralburu Arza

Ganancias patrimoniales en renta, reintroducir los coeficientes reductores


El tema de las ganancias patrimoniales en renta tiene una difícil mecánica de solución. En efecto las mismas tributan por diferencia de valor entre el valor de adquisición escriturado y el valor de venta declarado en la escritura de venta. Se trata de ganancias de capital y más allá de reintroducir los coeficientes reductores no proponemos ningún cambio normativo en su regulación. Cabe recordar que las ganancias patrimoniales que resulten de la transmisión de vivienda habitual por mayores de 65 años están íntegramente exentas. Y también cabe aludir a que sigue existiendo el beneficio fiscal de exención por reinversión en vivienda habitual, siempre que el total del importe de la venta se halla destinado a la cancelación de hipoteca (el total o la parte de la misma que se pueda demostrar que se invirtió en la adquisición de la vivienda) y a la adquisición de la nueva vivienda. Un saludo.
 


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Óscar Urralburu Arza
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2015.11.04

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