Depende del caso
Por lo que he podido deducir de la pregunta, el asunto reside en que esto no es una concesión, sino una empresa privada que ofrece servicios públicos. El suministro de agua (se rige por la Ley de Contratos del Sector Público.
En cualquier caso lo primero que hay que hacer siempre es ver los documentos; habría que ver qué tipo de empresa es, cómo se contempla su disolución, etc. etc. Supongo que será en este caso una sociedad anónima participada por el Ayuntamiento. En ese caso habría que aplicar la Ley de Sociedades Anónimas, y llevar el asunto a la Junta General. La otra vía es una resolución judicial: llevar el asunto a los Tribunales, pero si hay causa para ello.
Partekatu
Batu zaitez Osoigora